Diferencias Clave entre Numerales 7, 8 y 9 del Art. 27 del ISR (D. 2163)



 

 

Aspecto

Numeral 7 Gastos de traslado de nuevos empleados

 

Numeral 8 Pérdidas por deudas incobrables

Numeral 9 Reservas legales para empresas de seguros y capitalización

 

 

Objeto de la deducción

Gastos relacionados con el traslado desde el exterior de empleados nuevos, incluyendo cónyuge e hijos menores.

Pérdidas originadas por deudas que no pueden cobrarse dentro de operaciones propias del negocio.

Reservas obligatorias que deben constituir las empresas de seguros y capitalización según la ley.

 

 

 

Ámbito de aplicación

Empresas que incorporan personal nuevo y trasladan al país, no aplicable a transferencias entre empresas relacionadas (matriz, filial, conexa).

 

Todas las empresas que gestionan cuentas por cobrar propias del negocio y enfrentan insolvencia o incobrabilidad justificada.

 

 

Solo empresas reguladas por la normativa de seguros y capitalización.

 

 

 

Condiciones para deducibilidad

 

Gastos deben ser razonables y documentados, no deducible si se trata de transferencias intra- empresariales.

Deben cumplirse condiciones: origen en negocio propio, contabilización en renta bruta, y comprobación de insolvencia o baja justificada.

 

 

Deducibles solo las reservas obligatorias, no voluntarias, debidamente calculadas y certificadas.

 

 

 

Documentación requerida

 

 

Contrato laboral, facturas, comprobantes de pasajes y demás gastos de traslado.

Reportes de antigüedad, correspondencia con deudores y fiadores, evidencias de gestiones de cobranza, resolución interna de baja.

 

Estados financieros auditados, cálculos actuariales, resoluciones regulatorias.

 

 

Naturaleza económica

 

Gasto asociado a movilización de recursos humanos para el negocio.

 

Pérdida financiera por insolvencia o falta de recuperación de activos (cuentas por cobrar).

Provisión técnica o financiera obligatoria para garantizar solvencia y cumplimiento de obligaciones.

 

 

Ejemplos típicos

 

Gastos pagos por traslado de empleado extranjero y su familia.

Facturas declaradas incobrables por quiebra de cliente o monto no recuperable.

Reserva matemática exigida por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.

Resumen:


   El numeral 7 se enfoca en gastos directos relacionados con la contratación y traslado de personal nuevo desde el extranjero.

   El numeral 8 cubre pérdidas en cuentas por cobrar cuando éstas se clasifican como incobrables bajo criterios definidos.

   El numeral 9 está dirigido exclusivamente a reservas que las empresas reguladas en seguros y capitalización deben constituir para cumplir la ley.

 Cada uno responde a una realidad económica distinta y requiere condicione soportes específicos para su correcta deducción en la declaración del impuesto sobre la renta, fundamental para la correcta planificación fiscal y cumplimiento tributario.

Errores Comunes a Evitar al Aplicar los Numerales 7, 8 y 9 en la Práctica Tributaria

Aplicar correctamente los numerales 7, 8 y 9 del artículo 27 de la Ley de Impuesto sobre la Renta es esencial para evitar contingencias fiscales. A continuación se detallan los errores más frecuentes y cómo prevenirlos:

 

Numeral 7 Gastos de Traslado de Nuevos Empleados

Errores frecuentes:

 Aplicar la deducción en traslados entre filiales, matrices o empresas relacionadas: El numeral solo permite la deducción para el traslado de nuevos empleados provenientes del extranjero, exceptuando transferencias internas entre empresas vinculadas.

 No documentar debidamente el gasto: Falta de soporte como contratos laborales, pasajes, comprobantes de mudanza, y justificación del traslado.

 Incluir gastos de familiares no autorizados: Solo se acepta cónyuge e hijos menores, no otros familiares.

 Registrar el gasto fuera del ejercicio correspondiente: El devengo debe coincidir con el periodo fiscal en que se realizó el gasto.

 No justificar la razón del traslado: Debe demostrarse la necesidad del traslado para la operación de la empresa.

 

Numeral 8 Pérdidas por Deudas Incobrables

       Errores frecuentes:

Deducir deudas que no provienen de operaciones propias del negocio: Solo se aceptan aquellas generadas en el giro normal de la empresa.

No haber incluido anteriormente la cuenta por cobrar en la renta bruta: Solo son deducibles las pérdidas sobre montos previamente declarados como ingreso.

Omitir pruebas suficientes de incobrabilidad: No documentar intentos de cobro, insolvencia del deudor, o la desproporción del gasto de cobranza respecto al monto.

Descargar la deuda en un ejercicio posterior al de la insolvencia: El reconocimiento debe realizarse en el mismo año en que la deuda se consideró incobrable.

Incluir pérdidas de créditos personales o préstamos a empleados sin cumplir requisitos especiales.

No conservar soportes: Falta de correspondencia, reportes de antigüedad de saldos y actas internas de baja contable.


Numeral 9 Reservas Legales para Empresas de Seguros y Capitalización

Errores frecuentes:

 Aplicar la deducción a empresas no autorizadas: Este numeral solo aplica a empresas reguladas de seguros y capitalización.

 Deducir reservas voluntarias: Únicamente pueden deducirse las reservas impuestas por la ley, no aquellas creadas voluntariamente.

 No contar con documentación de respaldo: Se requiere disponer de estados financieros auditados, certificaciones actuariales y documentos regulatorios que justifiquen la constitución y cálculo de las reservas.

 Registrar reservas en montos distintos a los obligatorios: El cálculo debe estar alineado exactamente con la normativa y resoluciones oficiales.

 

 Recomendaciones Generales

 Mantén un archivo documental completo: Todo gasto, pérdida o provisión debe estar debidamente soportado y disponible en caso de fiscalización.

 Consulta la normativa vigente antes de aplicar cualquier deducción: Las condiciones pueden variar por reformas legales o circulares administrativas.

 Realiza revisiones periódicas de los registros contables: Verifica que las deducciones estén correctamente aplicadas en el periodo fiscal correspondiente.

 Capacita al personal contable y tributario: Asegúrate de que conozcan los criterios y restricciones de cada numeral.

Evitar estos errores te permitirá asesorar eficazmente y minimizar riesgos fiscales en la aplicación de deducciones según la LISLR.

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