Glosario de Términos Tributarios y Definiciones Fiscales Clave

 

Impuestos Personas Jurídicas- Tarifa

                                                                                   Tasa


Tasa del impuesto sobre la renta corporativa                          Tarifa No. 2                         


Tasa de impuesto de sucursal                                                  Tarifa No. 2


Tasa de impuesto sobre las ganancias de capital                     Tarifa No. 2


Tarifa No. 2

De

A

Tasa

Resta

0 UT

2.000 UT

15.00%

– 0 –

2.000 UT

3.000 UT

22,00%

140 UT

3.000 UT

 

34,00%

500 UT

 
Nota: el sustraendo o resta es un artificio

1.      UT = Unidad Tributaria y valor actual Bs. 43,00 cada una.

2.      Tarifa Nº 3-A: Regalías por la explotación de minas: 50%.

3. Tarifa Nº 3-B: Explotación de hidrocarburos, refinación y transporte, o la compra o adquisición de hidrocarburos y derivados para la exportación: 60%.

4.      Venta de acciones en Bolsas de Valores gravada con un 1% sobre las ventas.

5.      Dividendos: 34% bajo determinadas condiciones.

Residencia: El contribuyente es residente fiscal en Venezuela si está establecido/ubicado/domiciliado en Venezuela y el contribuyente residente está sujeto a impuestos sobre la renta mundial imponible.

Base: Las empresas residentes tributan sobre sus ingresos mundiales, las empresas no residentes tributan únicamente sobre sus ingresos de fuente nacional.

Renta imponible: Su determinación será el resultado de sumar el enriquecimiento neto de fuente territorial más el enriquecimiento neto de fuente extraterritorial.

Impuestos locales significativos sobre la renta: Impuesto municipal sobre actividades económicas y Contribución a la ciencia, la tecnología y la innovación

Impuesto mínimo alternativo: Venezuela no presenta un impuesto mínimo alternativo

Tributación de dividendos: Cualquier dividendo pagado por una entidad venezolana será gravable dependiendo de quién lo pague: se aplicará la tasa del 34% cuando el pagador sea una entidad que realice actividades distintas a las relacionadas con hidrocarburos (50%) y minería (60%).

Ganancias de capital: Las ganancias de capital derivadas de la venta de acciones registradas en la bolsa de valores venezolana están sujetas a un impuesto del 1% sobre el valor bruto. El resto de las ganancias de capital tributan junto con otros ingresos, según las tasas corporativas o naturales. Las pérdidas derivadas de la venta de acciones registradas en la bolsa de valores venezolana no pueden deducirse de otros ingresos. En Venezuela no existen impuestos locales ni municipales sobre las ganancias de capital. Existe un impuesto municipal sobre actividades económicas que se calcula sobre los ingresos brutos.

Pérdidas: La Ley del Impuesto sobre la Renta establece que toda pérdida fiscal es transferible y susceptible de imputación a la renta obtenida hasta en tres períodos impositivos posteriores a aquel en que se produjo la pérdida fiscal, siempre que no supere el 25% del enriquecimiento obtenido en cada período.

Alivio de impuestos extranjeros: El impuesto sobre la renta pagado en el exterior sobre ingresos gravables en Venezuela puede imputarse como un crédito fiscal bajo ciertas condiciones.

Exención de participación: La exención de participación no aplica a menos que se trate de rentas exentas por la aplicación de tratados tributarios (convenios para evitar la doble imposición suscritos por Venezuela).

Régimen de sociedades holding: No existe un régimen específico para las sociedades holding, se aplican las normas correspondientes a sus rentas.

Incentivos fiscales: ciertos ingresos están exentos por ley o por decretos ejecutivos nacionales bajo ciertas condiciones.

Alivio de grupo/unidad fiscal: No aplica (no existe presentación ni presentación consolidada).

Pequeñas empresas/regímenes fiscales alternativos: No aplicable.

Impuestos Personas Jurídicas: cumplimiento

Año fiscal: El año fiscal va del 1 de enero al 31 de diciembre, pero los contribuyentes pueden elegir un año fiscal diferente de 12 meses.

Rendimientos consolidados: No aplica.

Declaración y pago: Contribuyentes ordinarios: declaración y pago dentro de los tres meses posteriores al cierre del ejercicio. Contribuyentes calificados como "contribuyentes especiales": declaración y pago según fechas especiales.

Sanciones: El incumplimiento de los deberes formales y de la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta, así como la evasión fiscal, conlleva sanciones administrativas y sanciones penales por defraudación.

Fallos: No aplicable.

Tributación de las personas físicas

Tarifa No. 1

De

A

Tasa

Restar

0 UT

1.000 UT

6.00%

 

1.000 UT

1.500 UT

9.00%

30 UT

1.500 UT

2.000 UT

12.00%

75 UT

2.000 UT

2.500 UT

16.00%

155 UT

2.500 UT

3.000 UT

20.00%

255 UT

3.000 UT

4.000 UT

24,00%

375 UT

4.000 UT

6.000 UT

29,00%

575 UT

6.000 UT

 

34,00%

875 UT

UT es Unidad Tributaria y actualmente vale Bs. 43,00 cada una

Residencia: Se considera residente fiscal en Venezuela si la persona permanece en el país más de 183 días durante el año calendario o el año calendario anterior. Las personas físicas que hayan establecido su residencia en el país también se consideran residentes fiscales, a menos que permanezcan en otro país durante un período consecutivo, o no consecutivo, de 183 días durante el año calendario y hayan obtenido prueba de residencia en ese otro país a efectos fiscales.

Fundamento: El sistema de impuesto sobre la renta en Venezuela se basa en el modelo mundial, con una tasa progresiva que oscila entre el 6% y el 34%. La retención del impuesto sobre la renta se aplica a algunas actividades gravadas (servicios).

Renta imponible: La base imponible es la renta neta obtenida durante un ejercicio fiscal. La utilidad imponible depende de la renta obtenida en el país, sujeta a impuestos, así como de la renta obtenida en el extranjero por quienes se consideran residentes u otras personas domiciliadas en Venezuela. De esta manera, el sistema de impuesto sobre la renta venezolano se basa en la renta mundial.

Ganancias de capital: Las ganancias de capital derivadas de la venta de acciones registradas en la bolsa de valores venezolana están sujetas a un impuesto del 1% sobre el valor bruto. El resto de las ganancias de capital se grava con otros ingresos, según la Tarifa n.° 1. Las pérdidas derivadas de la venta de acciones registradas en la bolsa de valores venezolana no son deducibles de otros ingresos. En Venezuela no existen impuestos locales ni municipales sobre las ganancias de capital.

Deducciones y bonificaciones: Educación del contribuyente y sus descendientes (menores de 25 años) residentes en el país; primas de seguros, hospitalización, cirugía y maternidad; servicios médicos, dentales y de hospitalización; intereses de préstamos para la adquisición de vivienda habitual; alquiler de la vivienda habitual. Los ingresos distintos del salario permiten la deducción de los gastos normales y necesarios para el ejercicio de la actividad.

Alivio de impuestos extranjeros: El impuesto sobre la renta pagado en el exterior sobre ingresos gravables en Venezuela puede imputarse como un crédito fiscal bajo ciertas condiciones.

Tributación de las personas naturales: cumplimiento

Año fiscal: El año fiscal es del 1 de enero al 31 de diciembre

Declaración y pago: Contribuyentes ordinarios: declaración y pago dentro de los tres meses posteriores al cierre del ejercicio. Contribuyentes calificados como "contribuyentes especiales": declaración y pago según fechas especiales.

Sanciones: El incumplimiento de los deberes formales y de la declaración y pago del Impuesto sobre la Renta, así como la evasión fiscal, conlleva sanciones administrativas y sanciones penales por defraudación.

Fallos: No aplicable.

Retención de impuestos

Principales tipos de retención en la fuente sobre pagos realizados a personas jurídicas no domiciliadas:

           




       

    


 

 

 

 

 

El tipo 2 se aplica siempre de forma acumulativa: a lo pagado en cada fecha se le suma el total de las cantidades pagadas en fechas anteriores, dentro del mismo ejercicio fiscal.

Impuesto sobre remesas de sucursales: en determinadas condiciones, se aplica la tasa de impuesto sobre dividendos proporcional del 34%.

Legislación anti-elusión

Precios de transferencia: Los contribuyentes deben garantizar que las transacciones realizadas con partes vinculadas se realicen conforme al principio de plena competencia. Si se determina que dichas transacciones no cumplen con el principio de plena competencia, las autoridades fiscales podrán ajustar su enriquecimiento gravable. La determinación de los precios de transferencia se establece para los ingresos, costos y gastos incurridos por las exportaciones e importaciones realizadas entre partes vinculadas, de acuerdo con los métodos estipulados en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Para ello, se realiza un análisis exhaustivo de toda la documentación requerida por la ley correspondiente. En Venezuela, se establece que los contribuyentes deben presentar una declaración informativa anual sobre precios de transferencia (PT-99) dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio.

Restricción de intereses: Como parte del régimen de precios de transferencia, las reglas de subcapitalización aplican al endeudamiento, en caso de existir exceso de endeudamiento calificado, los intereses derivados del mismo no serían deducibles.

Sociedades extranjeras controladas: Existe un régimen general de transparencia fiscal internacional, que establece mecanismos de control fiscal y presunciones de renta sobre las inversiones realizadas en jurisdicciones de baja tributación.

Descalces híbridos: El sistema tributario venezolano contiene reglas sobre el abuso de las formas jurídicas para interpretar las transacciones con base en su sustancia y no en su forma cuando se detecta que tienen como finalidad reducir la carga tributaria; asimismo, se han suscrito convenios para evitar la doble imposición que adicionalmente incluyen cláusulas antielusión.

Requisitos de divulgación: Las obligaciones de divulgación que tienen los contribuyentes ante la autoridad tributaria venezolana se refieren principalmente a las declaraciones informativas sobre transacciones con partes vinculadas y estudios de precios de transferencia, así como a la declaración informativa sobre inversiones en jurisdicciones de baja tributación. En caso de auditoría fiscal, la administración tributaria cuenta por ley con amplias facultades para auditar y solicitar información a los contribuyentes y a terceros en relación con sus operaciones.

Impuestos de salida: No se aplican al Impuesto sobre la Renta. Solo se aplican impuestos de salida aeroportuaria para vuelos nacionales e internacionales.

Regla general anti-elusiva: Las reglas se refieren al régimen de precios de transferencia y las reglas se refieren a la transparencia fiscal internacional.

Impuesto sobre servicios digitales y otras leyes importantes contra la elusión fiscal: En Venezuela no existe un impuesto específico sobre servicios digitales ni iniciativas oficiales para establecerlo. Sin embargo, varios impuestos vigentes pueden aplicarse a los servicios digitales prestados dentro y fuera de Venezuela a beneficiarios en el país, según la naturaleza de los contratos.

Impuesto sobre el valor añadido/Impuesto sobre bienes y servicios

Tipo de impuesto: Toda venta de bienes muebles tangibles y la prestación de servicios, incluidas la importación y la exportación, están sujetas al IVA, salvo que exista una exención expresa por Ley o una exoneración del Ejecutivo Nacional. La base imponible es el precio de los bienes o servicios, que no debe ser inferior al valor de mercado. Los contribuyentes ordinarios del IVA deben presentar declaraciones mensuales. Los contribuyentes especiales, con una periodicidad quincenal, deben presentar sus declaraciones en las fechas indicadas en el calendario especial correspondiente.

Tasa estándar: 16%

Tipos reducidos: 8%

Registro: El único registro tributario para los impuestos nacionales es el Registro de Información Tributaria (RIF), el cual es utilizado por casi todos los organismos públicos tributarios o no tributarios como identificación de entidades y personas.

Presentación y pago: La regla general es dentro de los 15 días posteriores al cierre del mes, pero los contribuyentes especiales deben presentar y pagar quincenalmente de acuerdo con el calendario publicado.

Contribuciones a la seguridad social

Nómina

Empleador

Empleado

Contribuciones

Tasa (%)

Tasa (%)

Seguro Social

9-11%

4.00%

Desempleo

1,70%

0,50%

Ahorros en vivienda

2.00%

1.00%


 Además, desde mayo de 2024, está vigente una contribución especial para la protección de las pensiones de la seguridad social equivalente al 9% de los salarios y remuneraciones no salariales que se pagan mensualmente a los trabajadores.

Trabajadores por cuenta propia

Los trabajadores autónomos pueden realizar sus aportaciones abonando por su cuenta la totalidad de la aportación empresarial más la aportación del trabajador.

Otros impuestos

Impuesto de capital: Existe una tasa de registro que grava la constitución del capital social o los aumentos posteriores del capital social inscritos en el registro mercantil, la cual puede variar dependiendo de la zona donde esté ubicada la empresa.

Impuestos sobre bienes inmuebles: Existe un impuesto municipal sobre bienes inmuebles urbanos que grava anualmente la propiedad de bienes inmuebles por parte de personas jurídicas y naturales según porcentajes aplicados sobre el valor catastral del inmueble según el registro que lleva cada municipio.

Impuesto sobre Transacciones Financieras a Gran Escala (IGTF): Tributo destinado a los contribuyentes especiales sobre las sumas debitadas de bancos y otras instituciones financieras del país, y para la cancelación de deudas sin intervención del sistema financiero nacional en la transacción, como resultado del pago u otros medios de extinción de obligaciones. También se aplica a las personas físicas o jurídicas que no han sido designadas como sujetos pasivos especiales cuando realizan pagos en moneda extranjera con la intermediación de instituciones financieras nacionales o pagos en moneda extranjera a sujetos pasivos especiales sin la intermediación de estas instituciones. El tipo general actualmente es del 2% y el tipo especial aplicable a los débitos en cuentas en moneda extranjera mantenidas en instituciones financieras nacionales o pagos en moneda extranjera a sujetos pasivos especiales sin la intermediación de estas instituciones se ha fijado en el 3%.

Impuesto de timbres: Existen normas sobre tasas judiciales, tasas registrales y timbres fiscales que establecen una larga lista de montos o porcentajes aplicables a distintos tipos de operaciones de registro de documentos públicos.

Impuesto al Patrimonio: Impuesto a las Grandes Riquezas (IGP): Está dirigido a contribuyentes especiales, tanto personas físicas como jurídicas, cuyo patrimonio neto tenga un valor igual o superior a 150.000.000 Unidades Tributarias (1 UT = Bs. 43,00). Esta obligación tributaria se basa en el valor del patrimonio neto al 30 de septiembre de cada año. Las fechas de declaración y pago se establecen dentro de los dos meses siguientes, según el calendario de contribuyentes especiales. La base imponible está constituida por el valor total de los bienes y derechos del contribuyente, determinado de acuerdo con las normas establecidas en esta ley, excluyendo los pasivos, el valor de las cargas y gravámenes que recaigan sobre dichos bienes, así como los bienes y derechos exentos o exonerados.

Impuestos sobre sucesiones y donaciones: El impuesto sobre sucesiones y donaciones grava la transmisión gratuita de bienes muebles e inmuebles ubicados en Venezuela, ya sea por fallecimiento (herencia) o por actos entre vivos (donación). Se calcula sobre el valor de mercado del bien transferido al momento del fallecimiento o la donación, con una tasa que oscila entre el 25% y el 55%, según el parentesco. Algunos bienes están exentos o exonerados en ciertas condiciones. El contribuyente es quien recibe los bienes (herederos o donatarios), pero en el caso de las donaciones, los donantes también son solidariamente responsables del impuesto.

Otros: 1-Impuesto Municipal a las Actividades Económicas: Porcentaje de impuesto que el contribuyente deberá pagar sobre sus ingresos recibidos dentro del municipio, la tasa depende del tipo de actividad realizada y será otorgada por la jurisdicción del municipio según lo establecido en sus ordenanzas. 2-Contribución a la Ciencia, Tecnología e Innovación: Establece que las personas jurídicas, públicas o privadas, domiciliadas en el país o en el extranjero, que se dediquen a actividades empresariales dentro del territorio nacional; pagarán anualmente un porcentaje de los ingresos brutos obtenidos durante el ejercicio anterior (2% casinos y bingos, industria y comercio de alcohol y tabaco; 1% actividades de hidrocarburos; 0,5% cualquier otra actividad económica); pagadero en cuotas mensuales a partir del primer mes siguiente al cierre del ejercicio. 3-Contribución al Fondo del Deporte: Establece que las empresas y demás organizaciones dedicadas a actividades económicas con fines de lucro en el país deberán realizar un aporte del 1% de sus utilidades netas o utilidad contable anual en caso de que exceda de 20.000 unidades tributarias, dentro de los 120 días posteriores al cierre del ejercicio. 4-Aporte al Fondo Nacional Antidrogas: Establece que toda persona jurídica privada, consorcio y persona jurídica pública con 50 trabajadores o más está sujeta al pago del 1% de sus utilidades operacionales del año al Fondo Nacional Antidrogas (FONA) dentro de los 60 días calendario siguientes a la fecha de cierre del ejercicio económico.

Tratados fiscales

     AMÉRICA: Barbados, Brasil, Canadá, Cuba, Estados Unidos de América, Trinidad y Tobago. EUROPA: Alemania, Austria, Bielorrusia, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Italia, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rusia, Suecia y Suiza. ASIA: China, Corea, Emiratos Árabes Unidos, Indonesia, Irán, Kuwait, Malasia, Qatar y Vietnam.

 


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