Cómo se Aplican los Principios que Limitan el ISLR en Venezuela
Los principios que delimitan la aplicación del Impuesto sobre la Renta ISLR) en Venezuela se fundamentan en la Ley de ISLR Gaceta
Oficial N° 6.210 de 2015 y reformas)
y en principios constitucionales. Estos principios actúan como parámetros de control para garantizar equidad y razonabilidad
en la tributación:
1. Principio del Enriquecimiento Neto
Solo se grava el incremento patrimonial neto (ingresos menos costos y gastos deducibles). Este principio evita la imposición sobre
el capital invertido, limitando el tributo
a la ganancia real obtenida
2. Principio de Anualidad
El
impuesto se calcula sobre enriquecimientos obtenidos durante un ejercicio fiscal anual. Esto impide la aplicación retroactiva o anticipada del tributo fuera del período
establecido
3. Principio de Disponibilidad
Solo se consideran gravables los enriquecimientos efectivamente percibidos por el contribuyente (en dinero o especie). Rentas devengadas pero no cobradas quedan excluidas
hasta su realización
4. Principio de Autonomía del Ejercicio
Cada año fiscal se trata como un período independiente. Las pérdidas de un ejercicio no pueden compensarse con ganancias de años anteriores, salvo excepciones legales
expresas
5. Principio de Renta Mundial vs. Territorialidad
Residentes: Grava rentas
de cualquier origen
(mundial).
No residentes: Solo se
gravan enriquecimientos
de fuente venezolana.
Este principio delimita la jurisdicción impositiva según el domicilio del contribuyente
6. Principio de Capacidad Contributiva
Derivado de la Constitución, exige que el tributo respete la aptitud económica real del contribuyente. Prohíbe gravar rentas ficticias o desproporcionadas que confisquen el
patrimonio
7. Principio de No Confiscatoriedad
El
tributo no puede exceder un umbral que desnaturalice el derecho de propiedad. La tarifa progresiva para personas
naturales y proporcional para jurídicas busca
evitar efectos confiscatorios
8. Principio de Legalidad
Solo la ley puede crear, modificar o extinguir obligaciones tributarias. El SENIAT no puede imponer cargas fuera del marco legal vigente
9. Principio de Generalidad
El
ISLR aplica
a todas las personas naturales y jurídicas que realicen actividades generadoras de renta, sin privilegios discriminatorios, salvo exenciones taxativas (ej: instituciones educativas sin fines de lucro)
Estos principios operan como límites materiales y procedimentales al poder tributario del Estado, asegurando que el ISLR se aplique con justicia, proporcionalidad y respeto a los derechos
de los contribuyentes. Su incumplimiento puede generar nulidad
en actos administrativos tributarios
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